Ticketbai-Batuz

Batuz

Es un proyecto global que se compone de 3 pilares y Ticketbai es el principal. BATUZ es un proyecto que se aprobó en el año 2020 (Norma Foral 5/2020). En Bizkaia entró en vigor, a nivel general, el 1 de julio de 2024 para los contribuyentes que no se incorporaron durante el periodo voluntario.

Ticketbai

Ticketbai la nueva fiscalidad de Vizcaya Consiste en la utilización de un software garantizado en los sistemas de facturación, es decir, que cuando un empresario emite su factura, genera un fichero electrónico que garantiza su autenticidad e integridad y se envía a la Diputación. El 1 de julio 2024 se puso en marcha el nuevo Ticketbai/Batuz en Bizkaia para la mayoría de los contribuyentes. Como la incorporación al sistema depende de tu actividad profesional o de la de tu sociedad, te dejo el siguiente enlace para que puedas saber con exactitud cuándo comienza tu obligación. Es sencillo, solo tienes que seleccionar el tipo de contribuyente y la actividad principal.

El Libro Registro de Operaciones Económicas (LROE)

Consiste en que todos estos ficheros de facturas Ticketbai, tanto los emitidos como los recibidos de los proveedores, se van a incorporar a un Libro Registro de Operaciones Económicas. Un libro único que se llevará directamente en la Sede Electrónica de la Diputación y que recopila todos estos ficheros. Tus libros estarán en Hacienda.

Los borradores de las declaraciones

Similar a lo que sucede con la declaración de la renta. Con toda esta información que estamos reportando a la Diputación Foral de Bizkaia, que es, la que lleva a cabo el proyecto BATUZ, la idea es que Hacienda, está en condiciones de proporcionar a los contribuyentes los borradores de las declaraciones, facilitando su trabajo. Será labor de la administración recopilar esa información e incorporarla a los borradores, de manera que sea finalmente el contribuyente el que tenga que confirmar o modificar ciertos aspectos, pero siendo una labor más sencilla.

Régimen sancionador

Un aspecto que hay que tener en cuenta es el régimen sancionador aplicable por el incumplimiento de las nuevas obligaciones.  Las sanciones mínimas previstas son del 20% de la cifra de negocios del ejercicio anterior, con un mínimo de 20.000€.

"Haz tu factura", el software gratuito de la Diputación

Sabemos que el 76% de las empresas utilizan el software gratuito de la Diputación «Haz tu factura» para emitir sus facturas Ticketbai. En general, los usuarios se muestran insatisfechos con la falta de usabilidad o funcionalidad de la herramienta.

Para superar esta insatisfacción, en Contamatrix, decidimos anticiparnos al reto adoptando el nuevo sistema en el período de prueba, junto con nuestros clientes, aprovechando todas las ventajas ofrecidas por la administración. Esto nos permitió abordar este proceso de una forma tranquila cumpliendo con las nuevas obligaciones tributarias y evitando importantes sanciones.

Este es un ejemplo de una factura simplificada emitida con este nuevo sistema Ticketbai con sus 2 códigos distintivos, el código alfanumérico y el código QR. Si escaneas el código QR con tu móvil accederás a la siguiente información:

Si haces clic en comprobar se amplía la información sobre el estado de la factura simplificada como ves en la siguiente imagen. Para ello, será necesario disponer de un certificado digital.

Si haces clic en el cuadro verde FACTURA PRESENTADA y en el enlace Mis facturas, accederás a la información sobre el estado de la factura simplificada como puedes comprobar en las siguientes imágenes respectivamente.

El sistema comenzó a aplicarse en Bizkaia el 1 de enero de 2024, para todos aquellos empresarios del impuesto sobre sociedades que no fueran microempresas, o pequeñas y medianas empresas.  Los demás, es decir, las sociedades micros, las pequeñas y medianas o las personas físicas o aquellas entidades en régimen de atribución de rentas que son, por ejemplo, las sociedades civiles o las comunidades de bienes, entraron en julio del 2024.

Desde enero del 25 es obligatorio para los empresarios que se dedican al comercio mayorista, al comercio minorista, a la hostelería, a la reparación de bienes muebles, a la peluquería y otros servicios similares salvo contadas excepciones.